A- de 2013
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Juanita Rincon Lemus Y Otro Vs Junta Nacional De Calificacion De Invalidez Y Otro
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
- Competencia de Juzgado Laboral del Circuito
- Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
- Normas que determinan la competencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de Competencia: Efectuado el reparto, le correspondió el conocimiento del asunto al Juzgado Primero Laboral del Circuito de Cartagena, quien decidió inadmitir la solicitud bajo el argumento de que las entidades demandadas eran de naturaleza privada.
Bajo la anterior premisa resolvió remitir el expediente al Juzgado de Pequeñas Causas en Laboral de Cartagena.
El precitado juzgado dispuso la devolución del asunto bajo el argumento que los jueces de pequeñas causas han sido despojados de tal competencia.
De manera posterior el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Cartagena decidió remitir el expediente a la Oficina Judicial para que se repartiera entre los Jueces Municipales de la ciudad.
La acción de tutela fue repartida al Juzgado Trece Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Cartagena, quien decidió no avocar el conocimiento del asunto por considerar que el Decreto 1382 de 2000, no establece reglas para determinar la competencia, sino que contempla disposiciones atinentes al reparto administrativo.
Luego de reiterar el marco jurídico que determina la competencia en materia de tutela, la Corte decide el conflicto ordenando enviar el expediente al Juzgado Primero Laboral del Circuito de Cartagena para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Se advierte a este despacho judicial que en adelante deberá observar estrictamente la jurisprudencia de la Corporación sobre conflictos de competencia en materia de tutela, en especial las reglas reiteradas en este asunto.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTO el auto emanado del Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Cartagena, el 7 de marzo de 2013.
- Segundo. REMITIR al Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Cartagena el expediente, para que de manera inmediata tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar, dentro de la accion de tutela presentada por Juanita Rincon Lemus y Nestor de Oro Serrano, como mecanismo transitorio, contra la Junta Nacional de Calificacion de Invalidez, Junta Regional de Calificacion de Invalidez de Bolivar y ARL Liberty Seguros de Vida S. A.
- Tercero. Por Secretaria General, COMUNICAR al Juzgado Trece Penal Municipal con funciones de Conocimiento de Cartagena, la decision adoptada en esta providencia.
- Cuarto. ADVERTIR al Juzgado
- Primero. Laboral del Circuito de Cartagena que, en adelante, debera observar estrictamente la jurisprudencia de esta Corte, sobre los conflictos de competencia en materia de tutela, en especial las reglas reiteradas en las consideraciones del presente auto.
- Comuniquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.